RFI entrevistó a José Gabilondo, profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Internacional de Florida (FIU), sobre la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos que ha desestimado un delito clave del que se acusa a Trump: el de obstrucción, influencia o impedimento de forma corrupta a un procedimiento oficial. Los jueces de la Corte Suprema sentenciaron que el delito de obstrucción, influencia o impedimento de forma corrupta a un procedimiento oficial no es aplicable en el caso del asalto al Capitolio el 6 de enero de 2021 durante la certificación de la victoria electoral del presidente Joe Biden. La decisión beneficia a por lo menos 353 imputados, incluido el expresidente y actual candidato presidencial republicano, el magnate Donald Trump.Por seis votos a favor y tres en contra, el máximo tribunal de Estados Unidos considera que la ley de obstrucción no puede aplicarse al ex policía Joseph Fischer, uno de asaltantes, porque él no perjudicó la disponibilidad o integridad de registros, documentos u objetos usados en la proclamación del triunfo presidencial del entonces candidato presidencial demócrata Biden.Preguntamos al profesor de derecho José Gabilondo su opinión sobre el sustento jurídico de esta decisión."En realidad, esta ley fue prevista originalmente para las empresas públicas. La idea fundamental detrás de esa ley era proteger la integridad de los documentos contables cuyos títulos transan en mercados públicos. Lo que hicieron los fiscales (de la Corte Suprema) fue ampliar el sentido original de (esa ley) a las más de mil personas que fueron arrestadas, unos 350 fueron acusadas bajo esa ley. Esa ampliación original era agresiva, aunque entendible. Pero lo que hizo hoy el Tribunal Supremo fue decir que esa interpretación estaba equivocada", explica Gabilondo, actual decano Asociado de Acreditación y Reportes de la Universidad Internacional de Florida.El Tribunal Supremo dice que los fiscales se extralimitaron con esta acusación del 6 de enero porque en la obstrucción a un procedimiento oficial, que en este caso sería la ratificación del presidente Biden en el Capitolio, se necesita para ello que haya fraude contable y destrucción de pruebas. ¿Qué piensa sobre esto el profesor Gabilondo?"Hay que tener en cuenta que, si la policía no hubiera arrestado a la turba, seguramente muchos de ellos hubieran llegado a destruir los documentos físicos que se usaban en el conteo, pero no llegaron a eso. De forma que, técnicamente, la interpretación que le ha dado el Tribunal Supremo es defendible. No es, definitivamente, la única interpretación. Personalmente no creo tampoco que sea la mejor, pero insisto en que es defendible. Ahora bien, esto no significa que esas 350 personas, de las cuales ya hay como 52 en la cárcel, vayan a ser liberadas. Los tribunales inferiores tienen que revisar sus sentencias tomando en cuenta esta nueva interpretación de la ley. Y también hay que señalar que esta ley solamente fue una de las cuales se usó para las acusaciones y no afecta las demás leyes que se usaron contra los miembros de la turba", precisa el profesor Gabilondo.Los magistrados conservadores señalaron que de aplicarse en el caso del asalto al Capitolio, la ley prevista para castigar la destrucción de pruebas en delitos financieros, se abriría la puerta para que se aplique en causas por protestas políticas.