La Suprema Corte de México declaró inconstitucional castigar el aborto en una votación unánime considerada histórica ya que abre la puerta a que mujeres de todo el país puedan acceder a este procedimiento. "Con este criterio unánime (...) a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la corte y la constitución, procesar a mujer alguna que aborte" dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar. El pleno de la corte sesionó durante dos jornadas para discutir un recurso de inconstitucionalidad contra artículos del código penal del estado de Coahuila que castigaban con hasta tres años de prisión a las mujeres que abortaran y a quienes se lo facilitaran. Estos artículos fueron declarados inconstitucionales con el voto de los 10 magistrados presentes, lo que sienta jurisprudencia, es decir que los jueces de todo el país deberán aplicar el criterio establecido por este fallo. “[La decisión] significa que el trabajo que hemos realizado todo este tiempo se ve finalmente cristalizado en algo que nosotros hemos plasmado en los consultorios médicos y en las salas de procedimiento, dando el derecho a las mujeres a tomar decisiones sobre sus vidas”, dice a RFI José Luis Mendoza, médico fundador del Colectivo de Asociaciones Mexicanas por la Interrupción Legal del Embarazo (CAMILE). “En Ciudad de México recibimos a mujeres de todo el país y de toda América Latina que vienen a buscar atención. La ley contempla que todas las mujeres de este país tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos, sobre sus embarazos, dependiendo de sus condiciones particulares. Esto es un avance inminente en la ley para despenalizar el aborto en todo el país”, agrega Mendoza quien lleva 27 años trabajando por los derechos reproductivos de la mujer. Un comunicado de la corte detalla que "es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta", es decir que no se establece, como se esperaba, un plazo de determinadas semanas para interrumpir el embarazo. México, donde el 77% de la población es católica, es un país federado donde los estados son autónomos para dictaminar sus leyes, pero estas quedan invalidadas, a través de los amparos, cuando contravienen fallos de la Suprema Corte que sientan jurisprudencia como el de este martes. Una fuente judicial explicó que esta sentencia tiene alcance nacional ya que permitiría que mediante un recurso de amparo mujeres que residen en estados donde está penalizado el aborto puedan acceder al mismo por orden de un juez. “Lo que nosotros llamamos la interrupción legal del embarazo con medicamentos es una realidad en todo el país, en toda América Latina y en todo el mundo”, dice Mendoza. “Tenemos experiencias en América Latina muy bien fundamentadas que permiten la interrupción del embarazo de manera digital, es decir que las mujeres pueden comprar los medicamentos en sus localidades y con base en la guía que damos por lo que llamamos telemedicina o medicina a distancia, se les puede recomendar medicamentos y todos los pasos a seguir que permiten la interrupción del embarazo de manera segura, con directrices virtuales.” El Colectivo CAMILE también hace votos para que se determine la responsabilidad de los hombres en los casos de embarazos no deseados. Por ahora, no hay ninguna ley que les obligue a rendir a cuentas ante la justicia mexicana. Este fallo de la Suprema Corte contrasta con la situación en Texas, en Estados Unidos y vecino de México, donde la semana pasada entró en vigor una ley local que restringe el derecho a abortar hasta las seis semanas. El aborto en América Latina es legal en Uruguay, Cuba, Argentina, Guyana, mientras que El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití son los más restrictivos pues no le permiten bajo ninguna circunstancia. En los demás países de la región el aborto solo está permitido en caso de que la vida de la mujer corra peligro, o en algunos casos por violación o por inviabilidad del feto. Con AFP.